Lo esencial
La Secretaría de Relaciones Exteriores publicó un acuerdo, firmado por el canciller Roberto Velasco, que elimina requisitos, fusiona procedimientos y reduce los tiempos de respuesta. Los exámenes no cambiaron. Lo que cambió es el papeleo alrededor y cuánto esperas.
- trámite en vez de 7
- 1
- días hábiles para resolver
- 40
- días hábiles la declaratoria
- 20
- requisitos eliminados
- 3
Lo que no cambió: los plazos de residencia del artículo 20 de la Ley de Nacionalidad, el costo y los dos exámenes. Reformar el trámite no es reformar la ley que lo sostiene.
Siete modalidades se volvieron un trámite
Hasta 2026 la SRE manejaba un procedimiento distinto para cada forma de calificar: residencia, matrimonio, hijos mexicanos, origen latinoamericano o ibérico, descendencia, servicios destacados, adopción. Cada una con su expediente y su entrada en el catálogo. Ahora son un solo trámite de naturalización, y los procedimientos de declaratorias y certificados de nacionalidad se agruparon igual.
Es una fusión administrativa, no un cambio de quién califica. Tu situación sigue fijando cuántos años de residencia necesitas y qué documento prueba el vínculo. Lo que ya no haces es averiguar cuál de siete puertas tocar antes de empezar.
El plazo bajó a 40 días hábiles
La solicitud de carta de naturalización se resolvía en hasta 90 días naturales. El acuerdo lo reduce a un máximo de 40 días hábiles. La declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento pasó de 40 a 20 días hábiles.
Los días hábiles no son días naturales: 40 días hábiles son unos dos meses de calendario, y la SRE además publica cada año los días en que se suspenden plazos. Tómalo como meta, no como promesa, y trata como desactualizada cualquier página que siga diciendo 90 días.
Se van fotografías, escritos libres y CURP física
El acuerdo elimina tres cosas que antes iban en el expediente de varios procedimientos:
- Fotografías. El Reglamento todavía describe dos fotos tamaño pasaporte de 4.5 × 3.5 cm, fondo blanco, sin anteojos. El acuerdo las eliminó de varios trámites. Confirma la lista vigente antes de mandar a imprimir.
- Escritos libres. Los textos que la persona solicitante redactaba por su cuenta.
- Presentación física de la CURP. La SRE la puede leer de tu tarjeta de residencia y de sus propios sistemas.
El Reglamento de la Ley de Nacionalidad se reformó por última vez en 2013 y sigue enlistando los requisitos viejos. Cuando el Reglamento y un acuerdo más nuevo de la SRE no coinciden, la lista que te entrega la SRE en la cita es contra la que presentas. Este hueco es justo el que deja en internet páginas viejas con cara de autoridad.
Qué hacer con esto
- Si guardaste una lista de documentos de antes de junio de 2026, compárala con la vigente de la SRE antes de gastar en fotos o copias de más.
- Si te dijeron que la respuesta tarda tres meses, planea unos dos, y aun así deja margen.
- Si todavía no presentas, ahora sigues un solo trámite en lugar de elegir entre siete.
- Ignora cualquier página, incluida la de un despacho, que siga describiendo siete procedimientos separados y 90 días de resolución. No la han actualizado desde la reforma.
Preguntas frecuentes
¿Cambiaron los exámenes en 2026?
No. El examen de historia y cultura sigue siendo de 10 preguntas en español en 10 minutos con 8 correctas para aprobar, y el de español sigue siendo entrevista, lectura y redacción con valor de 6 puntos y 5 para aprobar. El acuerdo de junio de 2026 cambió el papeleo y los plazos, no los exámenes.
¿Subió el costo?
El derecho federal por la carta de naturalización es de 9,500 pesos para 2026, fijado en el Anexo 4 de la Resolución Miscelánea Fiscal publicada en el DOF el 28 de diciembre de 2025. Se ratifica cada diciembre, así que espera otra cifra para 2027. Cuánto cuesta en realidad
¿Sigo necesitando el acta apostillada y traducida?
Sí. Ese requisito viene del artículo 16 del Reglamento y no se eliminó. Cómo funcionan la apostilla y el perito traductor
¿La reforma cambia los años de residencia?
No. Esos plazos están en el artículo 20 de la Ley de Nacionalidad —cinco años en general, dos o uno en casos específicos— y solo un cambio a la ley podría moverlos.